Rociado de agua para controlar el polvo

30 Octubre 2008

Rociado de agua para controlar el polvo peligroso que se genera al romper el concreto con un martillo neumático

RESUMEN

Los trabajadores de la construcción que usan martillos neumáticos para romper los pavimentos de concreto están expuestos al peligroso polvo que se genera en esta operación. NIOSH determinó que se podía reducir la exposición a través un dispositivo rociador de agua adosado al martillo neumático.


DESCRIPCIÓN DE LA EXPOSICIÓN

La inhalación de polvo con sílice cristalina puede causar silicosis, una enfermedad pulmonar mortal. La exposición a la sílice cristalina también ha estado asociada al cáncer de pulmón, la enfermedad renal, la reducción de la función pulmonar y a otros trastornos. No existe un tratamiento eficaz para tratar la silicosis, sin embargo, puede prevenirse controlando la exposición de los trabajadores al polvo con sílice cristalina.

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Resolución 1639/2007

9 Octubre 2008

B.O. 21/11/07 POLITICA AMBIENTAL Resolución 1639/2007 – SADS – Apruébase el listado de rubros comprendidos y la categorización de industrias y actividades de servicios según su nivel de complejidad ambiental. Sustitúyense los Anexos I y II de las Resoluciones Nº 177/2007 y 303/2007.

Bs. As., 31/10/2007

VISTO el Expediente SAyDS Nº 01372/2007 del Registro de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y

CONSIDERANDO Leer el resto de esta entrada »


Resolución Conjunta 98/2007 y 1973/2007 -Pautas Básicas para las Condiciones Contractuales de las Pólizas de Seguro de Daño Ambiental de Incidencia Colectiva

9 Octubre 2008
Resolución Conjunta Nº 98/2007 y 1973/2007 – Política Ambiental – Secretaría de Finanzas y Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable

Buenos Aires, 6 de diciembre de 2007

Boletín Oficial: 10-12-2007

VISTO el Expediente Nº 635/2007 del Registro de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Jefatura de Gabinete de Ministros, los Artículos Nº 41 y Nº 75, inciso 12 de la Constitución Nacional, las Leyes Nros. 17.418, 20.091 y 25.675 General del Ambiente, el Decreto Nº 481 del 5 de marzo de 2003, las Resoluciones Conjuntas Nº 178 de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Jefatura de Gabinete de Ministros y Nº 12 de la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Producción del 19 de febrero de 2007, las Resoluciones Nros. 177 del 19 de febrero de 2007, 303 del 09 de marzo de 2007 y 1639 del 31 de octubre de 2007, todas ellas de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable y;

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 41 de la Constitución Nacional dispone que corresponde a la Nación dictar las normas que contengan los presupuestos mínimos de protección ambiental y a las provincias las necesarias para complementarlas, sin que aquellas alteren las jurisdicciones locales.

 

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Resolución 1398/2008 – Montos Mínimos Asegurables

9 Octubre 2008

B.O. 22/09/08 – Resolucion 1398/2008 – SADS – POLITICA AMBIENTAL – Establécense los Montos Mínimos Asegurables de Entidad Suficiente, en función de lo previsto en el artículo 22 de la Ley Nº 25.675 y en el artículo 3 de la Resolución Nº 177/2007. Alcances. Metodología. 

Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable

POLITICA AMBIENTAL

Resolución 1398/2008

Establécense los Montos Mínimos Asegurables de Entidad Suficiente, en función de lo previsto en el artículo 22 de la Ley N° 25.675 y en el artículo 3 de la Resolución N° 177/2007. Alcances. Metodología.

Bs. As., 8/9/2008

VISTO el Expediente N° 00933/08 del registro de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 41 de la CONSTITUCION NACIONAL establece que el daño ambiental generará prioritariamente la obligación de recomponer, según lo establezca la ley.

Que la Ley N° 25.675, en su articulo 22, establece la obligación de contratar un seguro de cobertura con entidad suficiente para garantizar el financiamiento de la recomposición del daño que en su tipo pudiere producir.

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Ley 25.675 – POLITICA AMBIENTAL NACIONAL

9 Octubre 2008

Ley 25.675

POLITICA AMBIENTAL NACIONAL


Presupuestos mínimos para el logro de una gestión sustentable y adecuada del ambiente, la preservación y protección de la diversidad biológica y la implementación del desarrollo sustentable. Principios de la política ambiental. Presupuesto mínimo. Competencia judicial. Instrumentos de política y gestión. Ordenamiento ambiental. Evaluación de impacto ambiental. Educación e información. Participación ciudadana. Seguro ambiental y fondo de restauración. Sistema Federal Ambiental. Ratificación de acuerdos federales. Autogestión. Daño ambiental. Fondo de Compensación Ambiental.

Sancionada: Noviembre 6 de 2002

Promulgada parcialmente: Noviembre 27 de 2002

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

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